2. El patrón adoptará las medidas necesarias para garantizar que, con carácter previo al inicio de su actividad, los trabajadores a que se refiere el apartado previo reciban información acerca de los riesgos a los que vayan a estar expuestos, en particular en lo relativo a la carencia de cualificaciones https://seguridadindustrial95160.blog2freedom.com/34407986/prevención-de-riesgos-no-hay-más-de-un-misterio