Las pruebas son las que acreditan tu culpabilidad o no. Por ello, solicitamos las siguientes pruebas: “Artículo thirteen. Es deber del abogado guardar los secretos y confidencias de su cliente. Este debe perdurar aún después de la terminación de los servicios y se extiende a los empleados del abogado https://jaredyowhp.isblog.net/5-easy-facts-about-abogados-penalistas-described-47125931